hace 1 mes · Google
Excelente servicio, me ayudaron con mi matrimonio, el abogado fue muy puntual y a pesar de ser un servicio rápido hizo el proceso muy ameno.
El Código de Trabajo de Costa Rica le garantiza derechos irrenunciables: salario mínimo, vacaciones, aguinaldo, cesantía y protección ante el despido. Si su empleador los ha violado, tiene opciones legales concretas.
El Código de Trabajo de Costa Rica es uno de los más protectores de América Central. Reconoce un conjunto de derechos irrenunciables —que no pueden eliminarse ni siquiera por acuerdo entre las partes— que aplican a todo trabajador bajo una relación de dependencia, sin importar si el contrato es verbal o escrito, a tiempo completo o parcial, con nacionales o extranjeros. Los más importantes incluyen el salario mínimo legal (revisado cada seis meses por el Consejo Nacional de Salarios), el seguro social obligatorio (CCSS), las dos semanas de vacaciones pagadas por año laborado, el aguinaldo equivalente a un mes de salario, el pago de horas extra con recargo del 50 % en horario diurno y el 100 % en nocturno o días festivos, y la cesantía y el preaviso ante un despido sin justa causa.
Un despido sin causa justificada obliga al empleador a pagar: el preaviso (entre 1 semana y 8 semanas según la antigüedad), la cesantía calculada con la escala del Código de Trabajo (que varía entre 5.33 días de salario por año el primer año y hasta 20 días para antigüedades de más de 9 años), el proporcional de vacaciones acumuladas no disfrutadas, y el proporcional del aguinaldo del período en curso. Muchos trabajadores reciben liquidaciones incompletas porque no conocen la escala de cesantía o porque el empleador no incluye rubros como comisiones, horas extra habituales o beneficios en especie al calcular el salario base. Un abogado laboralista puede revisar su liquidación y reclamar la diferencia.
Más allá de los derechos económicos, la legislación costarricense protege la dignidad del trabajador. El hostigamiento laboral —conductas reiteradas que degradan la dignidad o buscan forzar la renuncia— está sancionado por la Ley 8862. La discriminación por razón de género, estado de salud, embarazo, orientación sexual, etnia o actividad sindical es nula y puede dar lugar a reinstalación y daños. La modificación unilateral de condiciones esenciales del contrato por parte del empleador constituye despido indirecto, que genera las mismas obligaciones económicas que un despido sin justa causa.
La jornada ordinaria no puede exceder 8 horas diarias o 48 horas semanales en horario diurno, ni 6 horas diarias o 36 horas semanales en horario nocturno. El trabajo en horas extra debe ser voluntario y se paga con un recargo mínimo del 50 % sobre el salario ordinario en horario diurno, y del 100 % en horario nocturno o días de descanso obligatorio. Existe también el derecho a un día de descanso por cada seis días laborados. Muchas empresas —especialmente en sectores como tecnología, manufactura y servicios— incumplen estos límites de forma sistemática. El reclamo puede hacerse ante la Inspección de Trabajo o directamente en los Juzgados de Trabajo.
Existen dos vías principales para reclamar: la administrativa, ante la Inspección de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), que puede imponer sanciones al empleador y facilitar conciliaciones; y la judicial, ante los Juzgados de Trabajo, donde se pueden reclamar prestaciones, diferencias salariales, daños y perjuicios, y en casos graves, la nulidad del despido. El plazo de prescripción es de 1 año desde la terminación del contrato o desde que nació el derecho. En Firma Jara Rico evaluamos su caso en una consulta inicial confidencial y le recomendamos la ruta más efectiva según sus circunstancias específicas.
Derechos irrenunciables que la ley le garantiza como trabajador bajo relación de dependencia.
Revisado semestralmente por el Consejo Nacional de Salarios
2 semanas (14 días hábiles) por año laborado
1 mes de salario anual, pagado en diciembre
Hasta 8 años de antigüedad reconocidos; con fondo de garantías desde 2001
Inscripción obligatoria desde el primer día laboral
+50 % diurno, +100 % nocturno y en días festivos
Mínimo 1 mes para trabajadores con más de 3 meses de antigüedad
4 meses pagados: 1 antes del parto y 3 después
Nulidad del despido por causas discriminatorias o represalias sindicales
Representación para trabajadores y empresas en toda clase de conflictos laborales.
Despido injustificado — cálculo y cobro de prestaciones
Demandas por salarios no pagados o mal calculados
Acoso laboral (hostigamiento) y hostigamiento sexual
Discriminación en el trabajo
Liquidaciones, finiquitos y conciliaciones laborales
Recursos ante el Ministerio de Trabajo (MTSS)
Reconocimiento de enfermedades y accidentes laborales
Defensa ante demandas presentadas por empleados
Le brindamos información clara para que comprenda sus opciones y qué esperar en cada paso del proceso.
Desde personas en crisis familiar hasta empresas. Orientación transparente y resultados reales con un enfoque profesional y humano.
hace 2 semanas · Google
Excelente servicio, muy recomendados !
hace 1 mes · Google
Me gustó mucho la experiencia, recibí una atención muy respetuosa y ordenada. Me dieron seguimiento claro al proceso y siempre estuvieron dispuestos a ayudarme. La verdad estuvo súper bien todo. Los recomiendo. ✨✨
hace 1 mes · Google
Me asesoraron muy bien, el muchacho fue muy amable y atento a mis preguntas.
hace 1 mes · Google
Exelente trabajo
hace 1 mes · Google
Excelente servicio! Muy profesionales en todo momento
hace 1 mes · Google
Excelente, muy buen trabajo
hace 1 mes · Google
Excelente servicio y atención profesional. El equipo fue muy claro en todo el proceso y siempre estuvieron disponibles para resolver dudas. Especialmente Kevin, quien brindó un trato cercano y eficiente. Sin duda, una firma confiable y recomendable.
hace 1 mes · Google
Todos súper profesionales
hace 1 mes · Google
Excelente trabajo, gracias
hace 1 mes · Google
Buen trato y servicio.
hace 1 mes · Google
Muy buen trabajo, recomendado 100%
hace 1 mes · Google
Excelente trabajo, muy a gusto con su servicio
hace 1 mes · Google
Excelente servicio
hace 1 mes · Google
ABOGADOS DE CALIDAD, NUNCA HABIA VISTO TANTA EFICENCIA LLEGARON HASTA GUANACASTE PARA UN TRASPASO
hace 1 mes · Google
Súper profesionales con el servicio ,exelente atención .
hace 1 mes · Google
Excelente servicio, me ayudaron con mi matrimonio, el abogado fue muy puntual y a pesar de ser un servicio rápido hizo el proceso muy ameno.
hace 1 mes · Google
Excelente Servicio! Muy profesionales y de gran ayuda! 100% recomendados
hace 1 mes · Google
Excelente servicio, buenos profesionales y buen servicio al cliente
hace 1 mes · Google
Buen servicio 🙌
hace 1 mes · Google
A great law firm; they advised me in a very good way and helped a lot.
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Confidencial · Orientación inicial · Lun–Vie 9am–5pm