Licencia de Maternidad y Derechos de Lactancia en Costa Rica
En Costa Rica, los derechos relacionados con la maternidad y la lactancia están ampliamente protegidos por el sistema jurídico. Su fin principal es garantizar la salud tanto de la mamá como del bebé y asegurar que exista la estabilidad laboral durante este tiempo. En Jara Rico Firma de Abogados, constantemente asesoramos a trabajadoras y empleadores para que conozcan sus obligaciones y sus derechos, evitando enfrentamientos y buscando mantener buenos ambientes laborales y respetuosos.
A continuación, desarrollamos de manera clara y actualizada cómo funciona la licencia de maternidad y el derecho a la lactancia materna en el país.
¿Qué es la licencia de maternidad en Costa Rica?
Esta licencia es un beneficio regulado principalmente por el Código de Trabajo y la Ley Constitutiva de la CCSS. La licencia de maternidad es un tiempo de descanso obligatorio y remunerado que se otorga a toda trabajadora asegurada embarazada.
Este periodo permite que la madre pueda realizar los preparativos para el momento del parto, recuperarse después de él y atender los primeros meses del recién nacido, sin que exista el riesgo de perder su empleo ni su ingreso mensual.
¿Cuánto dura la licencia de maternidad?
En Costa Rica, la licencia de maternidad tiene una duración total de cuatro meses, divididos en: un mes antes del parto y tres meses después del parto.
Este periodo es un derecho para la persona trabajadora y una obligación para el patrono. No se puede reducir la duración por ningún motivo ni por acuerdo entre las partes, ya que constituye una garantía mínima de protección social.
En caso de que se modifique la fecha del parto ya sea porque se adelante o se atrase respecto de la fecha prevista, la distribución de la licencia se reajustará según las directrices de la CCSS.
¿Quién paga la licencia de maternidad?
La remuneración durante la licencia de maternidad se paga entre el patrono y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). El patrono es el encargado de pagar el 50% del salario correspondiente al mes anterior al parto, mientras que la Caja Costarricense del Seguro Social paga el 50% restante del mes previo y el 100% de los tres meses posteriores al parto mediante el subsidio por maternidad.
Para recibir el subsidio, la trabajadora debe contar con las cotizaciones mínimas requeridas por la CCSS. Si no cumple con los requisitos, podría recibir únicamente la parte patronal, por lo que es importante revisar cada caso.
Requisitos para acceder a la licencia de maternidad
La trabajadora debe presentar:
- Certificación médica: emitida por la CCSS indicando las semanas de gestación y la fecha probable de parto.
- Constancia del embarazo con código y número de asegurada.
- Aviso al empleador, idealmente por escrito.
El patrono: debe reportar la licencia y gestionar los trámites correspondientes para que la Caja Costarricense de Seguro Social haga efectivos los subsidios.
Protección contra el despido durante el embarazo y la maternidad
El código de Trabajo en el artículo 94 dispone que:
- Ninguna mujer embarazada puede ser despedida sin causa justificada.
- Si el despido se realiza sin autorización judicial, se presume discriminatorio y el empleador debe demostrar la existencia de una causa real y objetiva.
En caso de que a la mujer con licencia de maternidad se le despida de forma ilegal, puede solicitar:
- Reinstalación en su puesto
- Pago de salarios caídos
- Indemnizaciones laborales
- Daños y perjuicios, según corresponda
Derecho a la lactancia materna: ¿qué establece la ley?
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Cuando termina la licencia de maternidad, la legislación costarricense reconoce el derecho de las madres trabajadoras a disponer de un tiempo diario para amamantar o extraer leche.
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El Código de Trabajo establece que la madre trabajadora tiene derecho a una hora diaria remunerada destinada a la lactancia materna. Esta hora puede distribuirse según conveniencia del empleador y la trabajadora en 2 periodos de 30 minutos, 3 periodos de 20 minutos o un único periodo de 60 minutos.
¿Por cuánto tiempo aplica el beneficio de lactancia?
Normalmente es cuando el bebé ronda el primer año de edad; sin embargo, se puede extender. Sin embargo, sí hubiese razones médicas que justifiquen ampliar el beneficio.
Obligaciones del empleador respecto a la lactancia
Los empleadores deben de facilitar la licencia de lactancia, incluyendo permitir los tiempos para amamantar o extraer leche, llevar el control adecuado de los horarios, promover un espacio digno, limpio y privado, para que la madre pueda ejercer su derecho de manera segura.
¿Qué hacer si un empleador niega la licencia o la hora de lactancia?
Nuestra firma ofrece asesoría integral para trabajadores y empresas, orientada a la resolución rápida y estratégica de estos conflictos.
Conclusión
La licencia de maternidad y los derechos de lactancia son pilares de la protección laboral en Costa Rica. Su cumplimiento garantiza el bienestar de madres e hijos, y también fortalece la responsabilidad social de las empresas.
En Jara Rico Firma de Abogados & Asociados brindamos acompañamiento especializado para asegurar que tanto trabajadoras como empleadores cumplan y ejerzan correctamente estos derechos, evitando contingencias legales y promoviendo un entorno laboral justo y humano.
¿Necesitas asesoría personalizada? Estamos para ayudarte.